La Constitución de Venezuela y la Propuesta Constitucional chilena: herramientas para la dilación


Las constituciones latinoamericanas son de una extensión infinita. La de Venezuela tiene 350 artículos, la de Bolivia 411 artículos, la de Ecuador 426 artículos y la propuesta de Chile tiene 499 artículos.
En febrero de 2003, la Asociación Internacional de Abogados, que cuenta con más de 2 millones de miembros en 185 países, definió a la República Bolivariana de Venezuela como «antidemocrática, sin estado de derecho y violatoria de los derechos humanos de su pueblo». Para definirlo así, se basaron en la violación sistemática de la Constitución por parte del régimen, a la que consideraron extremadamente prescriptiva e imposible de respetar.
La Constitución chavista, de 1999, es la 25 en la historia de Venezuela y está condenada a ser violada reiteradamente, estableciendo garantías estatales imposibles de respetar, como es el caso de sus artículos 76, 78, 80- 89, 99 -101, 104 , 108, 110-111 y 117. Poco tiempo después de su aprobación, el régimen de Hugo Chávez se encargó de violar sus artículos 1, 6, 7, 15, 26, 44, 47, 48, 540, 51, 67, 68 ,71, 93,95, 107, 112, 150, etc (los detalles de estas y otras violaciones se mencionan en mi libro Venezuela: 1985-2015, una memoria cívicapáginas 109-110.
Esta Constitución de 1999 “garantiza” a los venezolanos una educación de calidad, la igualdad de trato ante la ley, la salud plena y la autosuficiencia alimentaria. Al establecer garantías estatales que no se pueden cumplir, ya sea por insuficiencia financiera, negligencia, corrupción o impotencia, lo que ha logrado el régimen es convertir la Constitución en un documento ridículo, condenándola a ser objeto de escarnio e incredulidad. .
Véase por ejemplo el artículo 85, sobre salud: “El financiamiento del sistema público nacional de salud es obligación del Estado, el cual integrará los recursos fiscales, las contribuciones obligatorias a la seguridad social y cualquier otra fuente de financiamiento que determine la ley. El Estado garantizará un presupuesto para la salud que le permita cumplir con los objetivos de la política sanitaria. (nuestro énfasis). La realidad de la salud en Venezuela es muy diferente y el notable contraste entre esta terrible realidad y el texto del documento convierte a la Constitución en letra muerta, lo que promueve el irrespeto y la desconfianza de los habitantes hacia las instituciones.
La absurda Constitución chavista es larguísima, 350 artículos, una verdadera camisa de fuerza estatista que encadena las mejores iniciativas ciudadanas. Sin embargo, su estilo nerd y su obesidad lo conquistaron entre los gobernantes ñángaras de la región, quienes miden la sabiduría en kilos.
El Proyecto de Constitución para Chile
Inspirándose en los ladrillos constitucionales de Venezuela, Ecuador y Bolivia, Chile ha estructurado una propuesta de Constitución que en muchos sentidos es tontamente superior a la Constitución chavista de 1999, aunque, al menos, se abstiene de «garantizar», como lo hace la Constitución. , que el poder judicial no puede garantizar ni respetar. Más cautelosamente, la propuesta chilena apenas menciona promover Sí derechos acompañantes, sin garantizarlos. En Venezuela, el Estado garantiza alimentación completa, salud, educación, empleo, atención especial a los ancianos y todo lo que hoy sencillamente no existe en Venezuela.
La propuesta chilena habla extensamente de derechos, pero no de deberes
Si por definición una Constitución es un contrato social en el que se estipulan derechos de los ciudadanos, pero también deberes, la propuesta chilena de 499 artículos es un océano de derechos y ni siquiera un pequeño torrente de deberes, un inmenso tapiz en el que están presentes los dictados. en yuxtaposición y de manera bastante precipitada los más diversos aspectos de la vida nacional: tribunales, comunas, pueblos indígenas, sin sistema aparente.
Según esta propuesta chilena, todos los órganos colegiados del Estado, los órganos constitucionales autónomos y los órganos superiores y de dirección de la administración, así como los directorios de las empresas públicas y parapúblicas, deben tener una composición paritaria que asegure que al al menos el 50% de sus miembros son mujeres. Asimismo, el Estado adoptará medidas para la representación de las diversidades de género y disidentes a través del mecanismo que establezca la ley. Los procesos de selección de los mejores están completamente sujetos a cuotas de participación rígidas.
Según la propuesta, Chile sería un Estado plurinacional e intercultural que reconocería la preexistencia y convivencia de diversas naciones y pueblos en el marco de la unidad estatal. Los pueblos y naciones indígenas preexistentes son los Mapuche, Aimara, Rapa Nui, Lickanantay, Quechua, Colla, Diaguita, Chango, Kawashkar, Yaghan, Selk’nam y otros que puedan ser reconocidos en la forma que establezca la ley. Los pueblos y naciones indígenas preexistentes y sus integrantes tienen derecho a su autonomía y autosuficiencia, a su propia cultura, a su identidad y su cosmovisión, a su patrimonio y su lengua, al reconocimiento de sus tierras, territorios, a la protección del territorio marítimo, de la naturaleza en su dimensión material e inmaterial y del vínculo privilegiado que tienen con ellos, a la cooperación y la integración, al reconocimiento de instituciones, jurisdicciones y autoridades propias o tradicionales y a participar plenamente, si así lo desean., en la vida política, económica, social y cultural del Estado. Chile se convertiría en una agregación de mini-estados en lugar de una nación. Más que una nación pluricultural, se convertiría en un pastiche de culturas capaces de convivir en compartimentos estancos, sin fundirse en un concepto integrado de nación y sin que sus miembros tengan el deber de participar en la vida nacional.
El lenguaje utilizado en el documento es del tipo muy cursi, llevado al extremo: diputados y diputados… Presidentes y presidentes… Ministros y ministros, jueces y jueces, los, los, los, etc…
Hay aspectos que parecen contradictorios. Si bien las decisiones importantes para la nación solo pueden tomarse a través de una ley, se agrega que el presidente (o presidente) podrá dictar decretos con fuerza de ley con la autorización del Congreso, que podría ser controlado por él, en cuyo caso estaríamos ante la posibilidad evidente de una dictadura constitucional.
En algunos casos, la propuesta chilena llega hasta la Constitución chavista, como cuando garantiza el financiamiento suficiente para brindar servicios públicos universales y de calidad a todas las personas que viven en su territorio, garantía imposible de cumplir.
Comentar en detalle esta exuberante propuesta de 499 artículos ocuparía demasiado espacio. Puede decirse, por lo que vemos, que es parte de la abultada, verbosa y retórica tradición latinoamericana de querer regular constitucionalmente los aspectos más insignificantes de la vida nacional.
Esto los convierte en documentos inútiles para servir como guías efectivas para la nación, cuando no son claramente contraproducentes para el desarrollo. La gente les ha perdido el respeto y se ríen de su Carta Magna.
Esto es lo que pasó con la Constitución chavista y esto es lo que amenaza con pasar con la propuesta chilena.