SIP preocupada por auge de proyectos anti libertad de prensa en República Dominicana

SIP Democracia

los Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) expresó su preocupación por varios proyectos de ley en República Dominicana que enfatizan el delito de difamación, incluso en el ciberespacio, y sobreprotegen a los líderes de las críticas. Todo esto tiene un efecto inhibidor sobre la libertad de prensa y el trabajo periodístico.

La medida es contraria a los estándares internacionales que promueven la eliminación del delito de desacato para eludir los privilegios de las autoridades sobre los ciudadanos. El desacato, eliminado en muchos países de América Latina, también está previsto en la Ley 6.132 sobre Libertad de Expresión y Difusión del Pensamiento.

Por otro lado, el gobierno del presidente Luis Abinader presentó al Congreso el pasado 14 de junio un proyecto de ley contra el ciberdelito, que sustituirá a la Ley 5.307 sobre delitos y delitos de alta tecnología, actualmente vigente. El nuevo proyecto aumenta la pena de prisión por difamación de uno a cuatro años y mantiene el delito de difamación con una multa de 500 smic, sin prisión. El proyecto de ley requiere que los proveedores de servicios eliminen material considerado discriminatorio dentro de las 24 horas, para evitar multas.

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El presidente de la SIP, Jorge Canahuati, dijo: “Vemos con preocupación que República Dominicana avanza hacia una posición contraria a la libertad de prensa. Canahuati, presidente del grupo OPSA, de Honduras, agregó que ha llegado el momento de despenalizar los delitos de difamación cuando se refieren a personajes públicos y eliminar los privilegios de los poderosos, no darles poder, como lo hicieron en la República Dominicana hace años.

De esta forma, Canahuati se refirió a la aprobación expresada por la SIP en 2016 a una decisión de la Corte Constitucional que derogó siete artículos de la Ley 6132 de 1962, que tipificaba los delitos de difamación e injurias en caso de interés público. La Corte consideró que violaron el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos relativo a la libertad de expresión.

Esta condena fue en respuesta a un recurso de inconstitucionalidad presentado en febrero de 2013 por los directores de los diarios El día, lista diariaEl Caribe, y por la Press and Law Foundation. Exigieron la eliminación de 11 artículos de la ley que tipificaban como delito el trabajo periodístico y otros cinco del Código Penal que establecían sanciones penales para los denominados delitos de expresión.

Sin embargo, dada la despenalización parcial de los delitos de difamación, la SIP había expresado su esperanza de que las penas de prisión contra periodistas fueran eliminadas del Código Penal y que también fueran eliminadas de otras partes de la Ley 6132. L La entidad también había solicitado que «los criterios de se respete la racionalidad y la proporcionalidad» en cuanto a las sanciones civiles, ya que en muchos casos éstas pueden convertirse en graves limitaciones para los medios de comunicación.

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El presidente de la Comisión de Libertad de Prensa e Información de la SIP, Carlos Jornet, director periodístico de La voz desde adentro, de Argentina, dijo: “Será importante que las autoridades dominicanas traten de adecuar la legislación nacional a los criterios de la jurisprudencia interamericana. Agregó que “legislar a ciegas conlleva el riesgo de retroceder décadas y volver a caer en el autoritarismo del pasado, siempre dispuesto a coartar la libertad de prensa y el trabajo independiente y crítico de los medios y periodistas”.

Canahuati y Jornet recordaron que el presidente Abinader firmó, en octubre de 2020, la Declaración de Salta sobre los principios de la libertad de expresión en la era digital, que destaca la actitud que deben tener los gobiernos para proteger las libertades en el ámbito digital. La Declaración establece que “Los gobiernos no deben imponer responsabilidades legales a los actores del ecosistema digital por el contenido de interés público generado o compartido por terceros en sus plataformas”.

Asimismo, el comunicado señala que “los gobiernos no inhibirán mediante reglamentos las expresiones de interés público en el espacio digital, ni impondrán penas agravadas por su manifestación en dicho espacio”.

El documento también insta a los gobiernos a “no penalizar la crítica, información o protesta contra funcionarios públicos en asuntos de interés público o contra personas que deliberadamente se exponen al escrutinio público. En el caso de pretensiones de carácter civil, deberá probarse que se actuó con real malicia.

El año pasado, la República Dominicana subió diez escalones en el Índice de Chapultepec, una medida comparativa de la libertad de prensa en 22 países de las Américas, lo que la convierte en una historia de éxito en el continente. “Lamentamos -dijeron las autoridades de la SIP- que se esté deconstruyendo lo que el gobierno ha logrado construir con tanto esfuerzo en los últimos años”.

La SIP es una organización sin fines de lucro dedicada a defender y promover la libertad de prensa y expresión en las Américas. Incluye más de 1.300 publicaciones del hemisferio occidental; y tiene su sede en Miami, Florida, EE. UU.

Con información extraída de nota de prensa.

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Fito Saenz Olvera