Suprema Corte de Justicia de México prohíbe escuchas telefónicas sin autorización judicial
(CNN)– La Suprema Corte de Justicia de México señaló este lunes con una declaración que deja sin efecto los preceptos de interceptación telefónica sin autorización judicial.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) indicó que el decreto por el cual se reformaron, adicionaron y derogaron diversas disposiciones del Código de Justicia Militar (CJM) y se promulgó el Código Procesal Penal Militar (CMPP) no establecía si la la interceptación de las comunicaciones sólo podía efectuarse con respecto a los militares o si también afectaba a los civiles.
El máximo tribunal de México también dijo que invalidaba la facultad que permitía a los militares realizar allanamientos en las residencias u oficinas públicas de cualquiera de los tres poderes del Estado, así como en los órganos constitucionales autónomos, porque permitía a la autoridad militar ejercer medidas restrictivas que civiles afectados, sin necesidad de la intervención de un juez civil, garantizado en la constitución del país.
De igual forma, la Corte Suprema de Justicia derogó la facultad de los militares de tener la ubicación geográfica en tiempo real de los equipos móviles de comunicaciones relacionados con las investigaciones. La Corte Suprema agregó que se consideró que la prueba no especificaba si las personas sobre las que podía ejercerse dicho poder eran personas ajenas al ámbito militar.